CLAVES LEGALES DE UNA TIENDA ONLINE
Montar una página web está al alcance de todos y no exige grandes requerimientos. Sin embargo, transformarla en un punto de venta, es otra cuestión. Es entonces cuando hablamos de eCommerce. Según datos del Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones, el comercio electrónico en España va a crecer un 13,4% en 2014, facturando 12.383 millones de euros. Se trata pues, de un sector en auge.
Sin embargo, y precisamente debido a este buen momento que viven actualmente los negocios online, a menudo los aspectos legales tienden a ser obviados o malinterpretados, y se incurre en errores que de no solventarse, pueden deparar problemas bastante graves.
Los textos legislativos más importantes que todo vendedor online debe conocer son:
– Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico.
– Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista.
– Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.
Dado que todos estos documentos son accesibles y públicos, vamos a tratar de resumir los puntos más importantes. Mediante estos consejos vamos a tratar de ayudarte a cuidar el aspecto legal de tu eCommerce.
– Información precontractual:
- Protección de Datos: siempre que recojamos datos personales de clientes, o potenciales interesados en nuestro producto o servicio, hay que notificarlo a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Es además de obligado cumplimiento facilitar al consumidor la forma de ejercer sus derechos A.R.C.O. (acceso, rectificación, cancelación y oposición).
- Formularios: cuando utilicemos un formulario para recabar datos personales, éste debe incluir un aviso legal cuyo contenido debe ir en consonancia al Artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. La AEPD recomienda que este texto debe estar siempre accesible de manera directa, aunque puede consultarse mediante un botón.
- Publicidad: cualquier envío de contenido publicitario está prohibido si el destinatario previamente no lo ha solicitado o lo ha autorizado expresamente. Sin embargo si el destinatario del mensaje es ya cliente, sí se puede, siempre y cuando la oferta sea semejante a la que en un primer momento se realizó. Todo contacto publicitario debe ser identificado como tal (el texto tiene que incluir las palabras “publicidad” o “publi”) y además, ofrecer la opción de darse de baja. Si el contenido es de tipo promocional, deben estar tipificadas las condiciones de acceso al descuento o participación en el concurso, o bien indicar donde éstas pueden consultarse.
- Cookies: art.22 de la Ley de la LSSI. Se debe informar al usuario de la finalidad en el uso de tales cookies, su consentimiento es implícito si se continúa la navegación.
- Información sobre el vendedor: según el artículo 10 de la LSSICE esto debe constar en un lugar permanentemente accesible de la web. La Ley 34/2002 de SSICE establece la obligatoriedad de que consten el nombre y apellidos (o denominación social), CIF, dirección, e-mail de contacto, teléfono, fax y datos registrales (en caso de haberlo). Si la empresa requiere autorización profesional o administrativa, ésta deberá constar, así como los códigos tipo o sellos de calidad a los que esté adscrita.
- Información sobre el producto o servicio: características, gastos de entrega y transporte (esto es importante porque si no constan, el cliente no tiene la obligación de pagar los portes), plazo de vigencia de ofertas y precio, formas de pago, lugar donde poder presentar reclamaciones, duración mínima del contrato (si procede), indicar si el empresario está adherido o dispone de algun procedimiento extrajudicial de solución de conflictos, información relativa a los servicios de asistencia técnica postventa.
– Durante la compra:
- Condiciones Generales de la Contratación: trámites que deben seguirse para celebrar el contrato, si se va a archivar o hacerlo accesible, los medios técnicos para identificar y corregir errores en la introducción de los datos, la lengua o lenguas en las que puede formalizarse, las condiciones generales a las que se sujetará, para que el usuario pueda almacenarlas y reproducirlas.
– Condiciones post-venta: hay que enviar un acuse de recibo en un plazo de 24h o una confirmación de la aceptación del procedimiento.
- Entrega: a falta de haber acordado otra cosa, el vendedor está obligado a ejecutar el pedido en un plazo máximo de 30 días. Si el producto solicitado no está disponible, hay que ofrecer al comprador la recuperación de la suma aportada (30 días como mucho). Hay que prestar atención a ese plazo, porque de no hacerlo, el consumidor puede exigir que se le devuelva el doble de la cantidad adeudada, pudiendo incluso solicitar una indemnización por daños y perjuicios si es que estos llegaran a producirse.
- Devoluciones: no todos los productos y servicios pueden devolverse. En junio entró en vigor la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios, adaptada a la nueva Directiva comunitaria europea 2011/83/UE que modificó en gran medida este parámetro, también denominado “derecho de desistimiento”. De los 7 días hábiles establecidos con anterioridad se ha pasado a 14 días naturales de plazo para la ejercitación por parte del consumidor de este derecho, que no tendrá que argüir motivo alguno para la devolución de lo que ha comprado. Cabe recordar que de no informar acerca de este derecho, el consumidor tiene un plazo de hasta 12 meses para devolver lo que ha comprado. El consumidor será quién se hará cargo de los costes de la devolución, a no ser que el vendedor comunique lo contrario o no incluya tal obligación en la web.
Y tú, ¿ya tienes tu tienda online adaptada a estas eventualidades?
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