CLAVES A TENER EN CUENTA PARA CIERRE CONTABLE
I. Conciliación entre la base imponible y el resultado contable.
Ingresos y gastos. Se trata de explicar la diferencia entre el resultado neto de ingresos y gastos y la base imponible. Se pueden deber a:
- Cuota del Impuesto sobre Sociedades (diferencia permanente).
- Multas, sanciones penales y administrativas, recargo de apremio y recargo por presentación fuera de plazo de declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones (diferencia permanente).
- Liberalidades (diferencia permanente).
- Dotación a la provisión para impuestos (diferencia permanente).
- Dotaciones a fondos de pensiones (diferencias temporales).
- Dotación a la provisión para insolvencias de tráfico (diferencias permanentes o temporales).
- Exceso de amortizaciones (diferencias temporales).
- Libertad de amortización (diferencias temporales).
- Contratos de arrendamiento financiero (diferencias temporales).
II. Registro contable del impuesto corriente y diferido.
El impuesto sobre sociedades se contabilizará en la cuenta de pérdidas y ganancias, salvo que esté asociado con un ingreso/gasto registrado en el patrimonio neto, en cuyo caso, debe reconocerse directamente en el estado de ingresos y gastos reconocidos.
III.- Información fiscal en la Memoria.
En el PGC, se dedica un extenso apartado a la confección de la Memoria(1), siendo que lo relativo al informe fiscal lo hallamos en su apartado número 12(2), en el cual, entre otros, se deberá informar sobre:
- Desglose del gasto o ingreso por impuestos sobre beneficios.
- Impuesto a pagar a las distintas jurisdicciones fiscales, detallando las retenciones y pagos a cuenta efectuados.
- Resto de diferencias permanentes señalando su importe y naturaleza.
- Cambios en los tipos impositivos aplicables respecto a los del ejercicio anterior.
- Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo en relación con la situación fiscal.
Publicado por: Pablo Gonzálvez Ortega