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MINI GUÍA: PASOS PARA REGISTRAR UNA MARCA EN ESPAÑA

b2ap3_thumbnail_contaclado10.jpgEs posible que hayas pensando en registrar una marca para tu empresa o tu actividad comercial y te hayas echado para atrás ante una serie de trámites burocráticos infinitos y bastante complejos.

Pero no te preocupes, a continuación te explicamos con unos sencillos pasos cómo puedes llevar a cabo el registro de una marca o nombre comercial en España de una forma exitosa.

1. COMPROBACIÓN DE QUE LA MARCA NO ESTÁ YA REGISTRADA

El primer paso que debemos de realizar a la hora de registrar una marca es comprobar si podemos utilizarla, es decir, saber si no ha sido registrada con anterioridad. Debemos comprobar no solo si el nombre de marca que queremos registrar ya está en uso, sino que también debemos analizar las marcas que sean muy parecidas ¿Cómo? Utilizando las bases de datos que tienen validez en España que son: la Oficina Española de Patentes y Marcas, OEPM, la Oficina de Armonización del Mercado Interior, OAMI, y el Sistema Internacional de Registro de Marcas, WIPO. En estas bases es de obligatorio cumplimiento que localicemos si existen marcas muy similares registradas y sobre todo, en qué epígrafe fueron registradas (existen 45 tipos de clase o epígrafes que se rigen por la Clasificación de Niza. Los epígrafes o clases hacen referencia al tipo de producto o servicio al que está asociado la marca, por ejemplo, la clase 2 comprende principalmente las pinturas, los colorantes y los productos anticorrosivos mientras que la clase 5 comprende los productos farmacéuticos y otros productos para uso médico o veterinario). Y, segundo, que no se incurre en ninguna prohibición absoluta de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas (capítulo II, artículo 5).

2. DEFINICIÓN DE LA/S CLASE/S DE MARCA

Tras comprobar el primer paso donde tenemos claro en qué clase (epígrafe) queremos solicitar nuestra marca, pasamos a rellenar la solicitud atendiendo a criterios del producto y servicio que vamos a ofrecer (este paso se hace mediante el formulario que ofrece la Oficina Española de Patentes y Marcas, OEPM).

*Es de vital importancia elegir la clase o las clases adecuadas (Es decir, los epígrafes según la Clasificación de Niza) y suficientes para poder proteger correctamente nuestra marca.

Una vez solucionada la definición de la clase de nuestra marca y tras rellenar el formulario es aconsejable presentar también el logotipo de la marca (así como de los colores del mismo) y abonar las tasas pertinentes (que dependerán del número de clases que hayamos escogido). Una vez realizado el pago se nos otorgará un resguardo con el número de expediente asignado a nuestro registro.

3. CONSESIÓN DE LA MARCA

Trascurridos 30 días, nuestra marca registrada se publicará en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, BOPI, y estará expuesta al derecho de oposición durante 60 días por si algún usuario considera que el parecido con su marca es notorio (en cuyo caso de deberá presentar las alegaciones pertinentes para defender la solicitud de su marca). Si no fuese el caso, la marca será otorgada en 150 días, esto es, unos cinco meses y el Título de propiedad de la Marca tendrá una validez de 10 años.

Para obtener más información puedes consultar el manual que ofrece la OEPM o escribir un correo electrónico a informacion@oepm.es

¿Habéis llevado a cabo algún registro de marca?, ¿Qué opináis del sistema de registro?

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