ESTRAGOS DE LA NUEVA NORMATIVA DEL «IVA DIGITAL»
El 1 de enero no solo estrenamos año nuevo también comenzamos con numerosos cambios en la ley tributaria. Hoy vamos a centrarnos en uno de los que más quebraderos de cabeza puede ocasionar a empresarios y autónomos que oferten productos y servicios digitales y al consumidor que los demande. ¿Cómo?
La nueva normativa europea establece que las empresas que ofrecen productos y servicios digitales tendrán que grabar el IVA correspondiente al país donde el usuario realice la compra del producto. Hasta ahora, las grandes entidades, como Amazon, instauraban su sede en países donde el porcentaje de IVA era menor y así podían ofrecer productos más baratos. Hoy en día si un usuario compra un ebook en España Amazón tendrá que abonar el 21% de iva en lugar del 3% que aplicaba por estar radicada en Luxemburgo.
Pero, seamos más específicos, ¿a qué productos o servicios digitales afecta? Apps, música, ebooks, cursos, documentos, juegos descargables,… toda mercancía o servicio que se distribuya en formato digital se verá implicado en esta nueva normativa europea. De hecho, muchas empresas ya han subido el precio para poder hacer frente a este nuevo coste. Por lo tanto, no solo proveedores saldrán perjudicados sino también el consumidor de a pie. Y todos estos cambios, ¿por qué?
La Unión Europea ha llevado a cabo esta reforma de la ley tributaria con el objetivo de que pequeñas y medianas empresas estén en igualdad de condiciones que las grandes compañías, como Amazon. Estas últimas hasta ahora decidían en qué país erigir su sede y así ofertar productos más baratos. Teniendo en cuenta esta información la siguiente pregunta a hacerse es: ¿realmente les beneficia?
Por ahora no. Esa sería nuestra primera respuesta por los siguientes motivos:
–Tendrán que darse de alta en MOSS (Mini One-Stop Shop) una ventanilla creada por las agencias tributarias de los países de la Unión Europea para que autónomo y empresarios únicamente tengan que registrarse una ver en el lugar donde se encuentre su sede fiscal. Con ella se podrá gestionar todos los trámites derivados de la aplicación del IVA. Sin embargo, todavía es una aplicación en pañales.
–Modificar el sistema de facturación y contabilidad: empresarios y autónomos deberán preocuparse en establecer de manera fidedigna la ubicación del comprador para poder saber el porcentaje de iva a aplicar.
–Asumir una mayor carga burocrática.
Puede que muchos negocios se vean obligados a, ante los gastos y la carga de trabajo extra, recurrir a mercados online. En lugar de vender a través de una página web propia lo harían en directorios de proveedores especializados en transacciones de empresa a empresa (B2B), empresa-consumidor (B2C) y empresa-administraciones públicas (B2G).
Muchos creen que la nueva medida legislativa ocasionará una mayor fragmentación del mercado europeo en lugar de generar la tan ansiada homogenización que promueva una economía más dinámica y fuerte.
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