Claves de la Declaración de la Renta para el asesor
Estimado asesor, una de las fechas destacadas en tu calendario profesional ha llegado. Hoy 5 de abril comienza el plazo de presentación de la Declaración de la Renta de 2016. Este año comenzó con una serie de importantes modificaciones fiscales, especialmente en el impuesto de sociedades y el IRPF. La desaparición del programa PADRE o la actualización de los valores catastrales marcarán esta campaña de la Renta.
Plazos y principales novedades de la Declaración de la Renta
A partir del miércoles 5 de abril, y hasta el 30 de junio, podrá presentarse el borrador de la Declaración de la Renta de forma telemática, a través del sistema Renta Web. Para aquellas declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, el plazo abarca desde el 11 de mayo al 26 de junio. La solicitud de cita previa para la modificación de borradores y confección de declaraciones será del 4 de mayo al 29 de junio.
Las modalidades para la presentación siguen siendo las habituales: internet, presencial, telefónica o en el banco o caja. Una de las principales novedades de este año es la sustitución del programa PADRE por Renta Web. Este incorpora los datos fiscales del borrador de la renta y el proceso para modificarlos es sencillo.
Tres claves
Además, se incorporan otras novedades que el asesor deberá tener en cuenta para llevar a cabo el proceso correctamente. Juan Carlos Royo, profesor del Máster de Asesoría de Empresas de la Escuela de Negocios de la UEMC y experto en administración financiera y economía fiscal, destaca tres puntos a los que hay que prestar especial atención:
- En cuanto a las deducciones, para aquellos contribuyentes con familia numerosa, en 2016 se introdujo una nueva cuantía de 1.200 euros que tendrá que indicarse en la declaración.
- Tenemos que tener en cuenta para este año la nueva tarifa aplicable a la parte general de la base imponible, que supone un menor número de tipos marginales aplicables (entre el 19% y el 45%) y de tramos (cinco, en lugar de siete).
- Por segundo ejercicio consecutivo, existe la opción de compensar los rendimientos del capital mobiliario (parte del ahorro de la base imponible), con las ganancias y pérdidas por transmisión de elementos patrimoniales, lo que se ha introducido de forma limitada y progresiva (15% para 2016, 20% para 2017 y 25% para 2018 y posteriores).
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Gastos deducibles para autónomos
Si el cliente del asesor es un autónomo, conviene atender especialmente a los gastos deducibles característicos de esta modalidad laboral. En primer lugar, tal y como establece Royo, “los autónomos deben cumplir una serie de requisitos para poder deducir los gastos. Estos deben estar relacionados con la actividad económica que se desarrolla. Se deben justificar mediante facturas, en algunos casos, a través de tickets de compras. Y deben registrarse en el libro de gastos e inversiones.”
Si se cumplen estos requisitos, los gastos más comunes que se pueden considerar como desgravables son:
- Consumos de explotación.
- Sueldos y salarios.
- Seguridad Social a cargo de la empresa (titular también)
- Otros gastos de personal
- Arrendamientos y cánones
- Reparaciones y conservación
- Servicios de profesionales independientes
- Otros servicios exteriores.
- Tributos fiscalmente deducibles (IBI, IAE etc)
- Gastos financieros.
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Errores comunes en la Declaración
En la mayoría de los casos son los propios contribuyentes los que realizan sus propias declaraciones, sin formación específica y con carencias de los conocimientos necesarios. Por ello, en la mayoría de los casos se incurre en errores que no consiguen la mínima tributación posible. Así, es recomendable acudir a un profesional. Como indica Royo, “uno de los problemas más comunes con los que se encuentran las personas, es cómo afrontar correctamente su declaración de la renta. Lo que suele ocurrir es que muchas personas no tienen ni los conocimientos ni el tiempo suficiente para adquirirlos. La mejor solución en estos casos es la contratación de un asesor fiscal, es decir, un profesional que pueda solventar cualquier problema fiscal de la renta y que a la vez, conoce los mecanismos que pueden contribuir tanto al ahorro fiscal como a la tramitación correcta de su declaración.”
El profesor de la Escuela de Negocios de la UEMC destaca los fallos más comunes a la hora de presentar la Declaración de la Renta. “La Agencia Tributaria remite más de 23 millones de borradores y datos fiscales a los contribuyentes. Una de las formas más sencillas de presentar la declaración es confirmando el borrador elaborado por Hacienda. Sin embargo, tenemos que tener en cuenta que el documento es una propuesta de liquidación que realiza la Agencia Tributaria y que puede contener incorrecciones.”
Los principales errores que contiene el borrador son:
- Los cambios en la vida familiar
- La deducción por vivienda, los alquileres,…
- Las referencias catastrales
- Aportaciones a colegios profesionales, las aportaciones a planes de pensiones
- Las deducciones autonómicas, las deducciones por declaración conjunta e individual
- Las minusvalías.
“Se deben pedir los datos fiscales y comprobarlos. Tenemos que saber que hay muchos datos de los que Hacienda no dispone.”, recalca Juan Carlos Royo.
Actualización constante en materia fiscal
Igual que por la falta de actualización de los datos de Hacienda, otro de los factores generadores de fallos es la falta de reciclaje profesional. La normativa y legislación en materia fiscal están en constante cambio. Por lo tanto, ofrecer un buen servicio al cliente pasa por una actualización constante de conocimientos.
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