AMORTIZACIÓN Y TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS ACTIVOS NO CORRIENTES

Los activos no corrientes son contrarios a los activos corrientes, pues a diferencia de éstos –susceptibles de convertir en dinero en un tiempo máximo de un año-, son poco líquidos y no se convierten en efectivo en el primer año, permaneciendo en la empresa durante más de un ejercicio. También conocidos como activos fijos.
Cuanto más activos corrientes, más liquidez y capacidad de responder a pagos a corto plazo. Cuanto más activo no corriente, más posibilidad de incrementar el potencial productivo –y por ende, el beneficio- de la empresa a medio o largo plazo, destinados para ser utilizados por la propia empresa y no para su venta.
Ejemplos: maquinaria, instalaciones/locales (salvo en caso de una inmobiliaria y respecto a los inmuebles en alquiler o venta), vehículos, terrenos, etc. Es decir, “propiedad, planta y equipo”. Asimismo, generalmente, los activos intangibles.
Lo más característico de estos activos es, que si bien permanecen varios ejercicios en la empresa, los mismos no son eternos, pues sufren la amortización/depreciación/obsolescencia propia del paso del tiempo, con el especial tratamiento y reflejo contable que supone. Se trata de reflejar contablemente este gasto consistente en un menor valor del bien.
Las cuentas que se emplean a tal fin se hallan en las cuentas número 29X del Plan General de Contabilidad, y son las siguientes:
290. Deterioro de valor del inmovilizado intangible.
291. Deterioro de valor del inmovilizado material.
292. Deterioro de valor de las inversiones inmobiliarias.
293. Deterioro de valor de participaciones a largo plazo en partes vinculadas.
294. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a largo plazo de partes vinculadas.
295. Deterioro de valor de créditos a largo plazo a partes vinculadas.
297. Deterioro de valor de valores representativos de deuda.
298. Deterioro de valor de créditos a largo plazo.
Destacar que, en algunos casos y conforme a las normas del PGC, se puede producir una recuperación de valor de estos bienes, en cuyo caso deberán reducirse las anteriores cuentas hasta el total de la recuperación.
AUTOR: Pablo Gonzálvez Ortega.